Lo novedoso de esta sentencia del Juzgado Social de Granada es la inclusión de las lagunas de cotización justificadas por el cuidado de los hijos de una autónoma.
La Justicia señaló en su sentencia que siempre existió un animus laborandi por parte de la trabajadora, que recuperó su actividad como autónoma pasados esos 16 años, una vez que sus hijos dejaron de depender de ella. Además el falló consideró que su salida temporal de la vida laboral tiene mucho que ver con su condición de muer, un argumento que sirvió para equiparar sus situación a los casos en los que el desemplead@ está inscrito como demandante de empleo.
Se trata de una sentencia novedosa que no sienta precedente, pero abre una línea interpretativa ante este problema de las lagunas de cotización que sigue sin resolverse. Los autónomos se encuentran en una situación de desigualdad con respecto a los trabajadores por cuenta ajena del Régimen General.
Fuente: AyE.